¿Qué es información reservada, confidencial y versión pública?
¿Qué es información reservada?
La información clasificada como reservada es aquella que se encuentra temporalmente fuera del acceso público, debido al daño que su divulgación causaría a un asunto de interés público o seguridad nacional
De conformidad con el artículo 110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se considera información reservada:
- Aquella que pueda comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional y cuente con un propósito genuino y un efecto demostrable.
- Aquella que pueda menoscabar la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales.
- Aquella que se entregue al Estado mexicano expresamente con ese carácter o el de confidencial por otro u otros sujetos de derecho internacional, excepto cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad de conformidad con el derecho internacional
- La que pueda afectar la efectividad de las medidas adoptadas en relación con las políticas en materia monetaria, cambiaria o del sistema financiero del país; pueda poner en riesgo la estabilidad de las instituciones financieras susceptibles de ser consideradas de riesgo sistémico o del sistema financiero del país, pueda comprometer la seguridad en la provisión de moneda nacional al país, o pueda incrementar el costo de operaciones financieras que realicen los sujetos obligados del sector público federal.
- La que pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física.
- Aquella que obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes o afecte la recaudación de contribuciones.
- La que pueda obstruir la prevención o persecución de los delitos.
- La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, la cual deberá estar documentada.
- Aquella que obstruya los procedimientos para fincar responsabilidad a los Servidores Públicos, en tanto no se haya dictado la resolución administrativa.
- La que afecte los derechos del debido proceso.
- La que vulnere la conducción de los Expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado.
- La que se encuentre contenida dentro de las investigaciones de hechos que la ley señale como delitos y se tramiten ante el Ministerio Público.
- Aquella que por disposición expresa de una ley tenga tal carácter, siempre que sean acordes con las bases, principios y disposiciones establecidos en esta Ley y no la contravengan.
¿Qué es información confidencial?
De conformidad con la fracción II del artículo 6º constitucional, la información relativa a la vida privada y los datos personales debe ser protegida en los términos y excepciones que fijen las leyes. La información clasificada como confidencial se encuentra estrictamente relacionada con la vida privada y los datos personales.
La protección a los datos personales no es solo una limitación al derecho de acceso a la información, sino que se trata de otro derecho humano que se debe garantizar.
Asimismo, se considera como información confidencial los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o sujetos obligados siempre y cuando no se encuentren involucrado el ejercicio de recursos públicos.
Es importante que conozcas que la información confidencial no está sujeta a temporalidad alguna.
¿Qué es Versión Pública?
En materia de acceso a la información, cuando los documentos solicitados contengan partes o secciones reservadas o confidenciales, los sujetos obligados, para efectos de atender dicha solicitud de información, deberán elaborar una versión pública en la que se testen las partes o secciones clasificadas, indicando su contenido de manera genérica y fundando y motivando su clasificación.